Apatridia y apatridia de facto
El tema de la apatridia es uno de los menos conocidos y menos abordados actualmente y supone un gran reto para la Comunidad Internacional. La apatridia es una condición que afecta a millones de personas en todo el mundo, dejando a individuos sin una nacionalidad reconocida. Esta situación crea un vacío legal y de protección que puede resultar en violaciones de derechos humanos fundamentales. Además, la apatridia de facto, aunque menos conocida, presenta desafíos adicionales que requieren atención y soluciones específicas. La apatridia de facto se refiere a una situación en la que una persona, a pesar de tener una nacionalidad formal, no puede ejercer efectivamente los derechos asociados a esa nacionalidad. En esta entrada, exploraremos qué es la apatridia, la apatridia de facto, sus causas y consecuencias, y las respuestas del derecho internacional a estos fenómenos.
¿Qué es la apatridia?
La definición de apatridia se encuentra establecida en la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954, que es el principal instrumento internacional que regula el estatus de las personas apátridas. El Artículo 1 de la Convención de 1954 sobre el Estatuto de los Apátridas define el término “apátrida”:
“1. A los efectos de la presente Convención , el término “apátrida” designará a toda persona que no sea considerada como nacional suyo por ningún Estado, conforme su legislación.”
Se trata de un artículo que no admite reservas y por lo tanto esta definición es vinculante para todos los Estados Partes de la Convención. Una persona es apátrida desde el momento en que las condiciones del artículo 1(1) de la Convención de 1954 se cumplen. Por tanto, cualquier determinación por parte de un Estado o del ACNUR de que un individuo satisface los criterios del artículo 1(1) es de naturaleza es declarativa, más que constitutiva.
Como nos recuerda el ACNUR, la definición jurídica internacional del término apátrida es “una persona que no es reconocida por ningún país como ciudadano conforme a su legislación”. En resumen, esto significa que una persona apátrida no tiene la nacionalidad de ningún país. En algunos casos, nacen sin Estado, pero hay ocasiones en que una persona se convierte en apátrida.
Esta definición se basa en el concepto de nacionalidad, es decir, la vinculación jurídica entre un individuo y un Estado. Una persona apátrida carece de esta vinculación, lo que significa que no es reconocida como nacional por ningún Estado.
La definición del artículo 1 (1) aplica si la persona concernida ha cruzado o no una frontera internacional.
Es importante destacar que esta definición forma parte del derecho internacional consuetudinario, tal como además señala el ACNUR en las Directrices sobre la Apatridia Nº 1 (2012) y el Manual sobre la protección de las personas apátridas (2014), conforme a lo establecido por la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas.
¿Cuáles son las causas de la apatridia?
Las causas son múltiples y varían mucho en su raíz. La apatridia puede ser resultado de diversas circunstancias pero expondremos aquí las que resultan especialmente señaladas por el ACNUR en sus informes.
Los vacíos en las leyes de nacionalidad son una causa importante de apatridia. Cada país tiene leyes que establecen bajo qué circunstancias puede una persona adquirir la nacionalidad o las circunstancias en las que se le puede retirar. Si estas leyes no se redactan ni se aplican correcta y adecuadamente, algunas personas pueden ser excluidas y quedar sin nacionalidad. Ejemplo de ello son las personas cuya ascendencia es desconocida en un país donde se adquiere la nacionalidad por ser descendiente de un nacional. Además de los vacíos, también podemos hablar de los conflictos de ley, en donde el problema surge cuando la legislación sobre nacionalidad de un Estado entra en conflicto con la legislación de otro, dejando a un individuo sin la nacionalidad de ninguno de ellos.
Relacionado con lo anterior podemos mencionar las complicaciones administrativas. Las prácticas administrativas y los procedimientos tendientes a la adquisición, readquisición y pérdida de la nacionalidad son muchos y complejos. Esto implica que el proceso no siempre puede finalizarse con éxito por diferentes trabas como tasas excesivas, imposibilidad de conseguir determinados documentos requeridos en el proceso, falta de asesoramiento, etc.
Otro factor que puede complicar las cosas es que las personas salgan del país en el que nacieron. Una persona nacida en un país extranjero puede correr el riesgo de convertirse en apátrida si ese país no permite que la nacionalidad se adquiera únicamente por nacimiento y si el país de origen no permite que la madre o el padre transmita la nacionalidad por consanguinidad. Además, las normas que establecen quién puede o no transmitir su nacionalidad suelen ser discriminatorias: en 27 países, las leyes no permiten que las mujeres transmitan su nacionalidad, mientras algunos otros la limitan a personas de ciertas razas y etnias.
Otra razón importante es la aparición de nuevos Estados y los cambios en las fronteras. Como consecuencia de la transferencia de territorios o soberanías territoriales pueden producirse cambios en las nacionalidad de los individuos que los habitan. La apatridia puede surgir cuando la persona cuya nacionalidad se ve afectada por el cambio, no puede adquirir la nueva nacionalidad. Estas transferencias de territorio o soberanía se producen por ejemplo, tras la independencia, disolución o sucesión o restauración de Estado. En muchos casos, grupos específicos de personas pueden quedar sin una nacionalidad como resultado de esto; incluso cuando un país nuevo permite que todas las personas adquieran su nacionalidad, las minorías étnicas, raciales y religiosas a menudo tienen problemas para demostrar su vínculo con ese país. En países donde la nacionalidad solo se adquiere por ser descendencia de un nacional, la apatridia pasará a la siguiente generación.
Es también importante el caso de pérdida de nacionalidad ocasionada por la discriminación de género y las leyes relativas a la institución del matrimonio. Para entender este factor de riesgo entendamos que algunos Estados alteran automáticamente la nacionalidad de la mujer cuando se casa con un nacional extranjero. La situación de apatridia puede presentarse cuando ella no adquiere automáticamente la nacionalidad del esposo o si su marido carece de nacionalidad. También puede tornarse apátrida si luego de recibir la nacionalidad del marido, el matrimonio se disuelve y ella pierde la nacionalidad adquirida pero su nacionalidad original no es restablecida automáticamente. Asimismo, en algunos Estados las mujeres no tienen permitido traspasar su nacionalidad a sus hijos.
Finalmente, la apatridia también puede ser causada por la pérdida o la privación de la nacionalidad. En algunos países, la ciudadanía puede perder su nacionalidad simplemente por haber vivido fuera de su país durante un largo período de tiempo. Los Estados también pueden privar a su ciudadanía de una nacionalidad mediante cambios en la ley que dejan apátridas a poblaciones enteras, utilizando criterios discriminatorios como la etnia o la identidad racial.
En el caso concreto de los niños, hay 3 factores que les afectan especialmente:
– la falta de registro al nacer;
– la falta de aplicación efectiva del ius solis y/o del ius sanguinis;
– la situación de los niños abandonados.
Como señalábamos, las causas son múltiples y la lista no es exhaustiva, pues también podríamos seguir hablando de otras como la discriminación a determinados grupos étnicos o religiosos, etc.
¿Cómo se regula?
De acuerdo con el Derecho internacional, los Estados tienen la autoridad para establecer las normas sobre la adquisición, cambio y pérdida de la nacionalidad. Son los gobiernos los que determinan quiénes son sus nacionales y, por tanto, son los responsables de las reformas legales y de política pública que se requieren para abordar la apatridia. No obstante, esta discrecionalidad estatal para determinar las normas no es absoluta y tiene límites, pues está sujeta a las obligaciones derivadas de los tratados internacionales en los que participan, así como al derecho internacional consuetudinario y los principios generales del derecho internacional.
Pero además de la labor de los gobiernos, en la lucha contra la apatridia están involucrados muchos otros actores como el ACNUR, otras organizaciones regionales, organizaciones no gubernamentales e incluso la sociedad civil.
Las personas apátridas son competencia de ACNUR en virtud del mandato de la organización en relación con la apatridia, que incluye la identificación y protección de estas personas, así como la prevención y la reducción de la apatridia. Por tanto, el ACNUR trabaja especialmente sobre 4 áreas en materia de apatridia: identificación, prevención, reducción y protección. Para ello cuenta con la colaboración de otras agencias de la ONU. Por ejemplo UNICEF se ha implicado para mejorar el registro de nacimientos y registros civiles; el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) colabora con los gobiernos a diseñar y ejecutar censos nacionales; y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) asiste en el monitoreo de los derechos humanos de las personas apátridas.
La Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 es la pieza fundamental en el sistema de protección internacional de las personas sin nacionalidad. El objeto y el fin de la Convención de 1954 es garantizar que los apátridas disfruten del ejercicio más amplio posible de sus derechos humanos. Por su parte, la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961 impone obligaciones específicas para prevenir y disminuir la apatridia.
La Convención de 1954 (Estatuto de los Apátridas) comparte los mismos orígenes que la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y surgió pues de la acuciante necesidad de dar protección a las personas tras la tragedia de la Segunda Guerra Mundial.
Existen además diversos instrumentos de derechos humanos que, con diferentes formulaciones, reconocen el derecho a la nacionalidad. Entre estos instrumentos se encuentran: la Declaración Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; la Convención sobre los Derechos del Niño; la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, y la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954.
Las personas apátridas generalmente son privadas del disfrute de una serie de derechos humanos y se les impide participar plenamente en la sociedad. La Convención 1954 aborda esta marginación mediante la concesión a las personas apátridas, de un conjunto de derechos básicos. Por tanto, la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 tiene como objetivo proteger a las personas apátridas y garantizarles un mínimo de derechos y protección. Estos son los aspectos más importantes de la misma:
- Definición de apátrida: Un apátrida es una persona que no es considerada como nacional suyo por ningún Estado conforme a su legislación.
- Derechos básicos: La Convención garantiza a los apátridas una serie de derechos básicos, como el derecho a la vida y la libertad de la persona, el derecho a la libertad de circulación y residencia, el derecho al trabajo, el derecho a la educación y el derecho a la propiedad.
- Protección contra la discriminación: La Convención prohíbe la discriminación contra los apátridas por motivos de raza, religión, nacionalidad u otro estatus.
- Acceso a la justicia: Los apátridas tienen derecho a acceder a la justicia en igualdad de condiciones con los nacionales.
- Documentos de viaje: Los Estados Contratantes deben expedir a los apátridas que residan legalmente en su territorio documentos de viaje que les permitan viajar al extranjero.
- Naturalización: Los Estados Contratantes deben facilitar la naturalización de los apátridas que residan en su territorio.
La Convención sobre el Estatuto de los Apátridas ha sido ratificada por 88 Estados y es un instrumento fundamental para la protección de los derechos de las personas apátridas.
Pese a su importancia, la Convención tiene importantes límites al no establecer un marco suficientemente fuerte para la protección de los apátridas y no abordar adecuadamente todas las causas de la apatridia.
Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954: https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2001/0006.pdf
Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961.
La Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961 tiene como objetivo principal prevenir la apatridia mediante la identificación y eliminación de sus causas. Mientras el Convenio de 1954 se enfoca en establecer derechos y un estatuto jurídico para las personas apátridas, la Convención de 1961 va un paso más allá al establecer medidas concretas para prevenir y reducir los casos de apatridia a nivel global.
Principales aspectos a resaltar de la Convención de 1961:
- Prevención de la apatridia en la infancia: La Convención exige a los Estados otorgar su nacionalidad a los niños nacidos en su territorio o nacidos de sus nacionales en el extranjero, que de otro modo serían apátridas.
- Prevención de la apatridia por pérdida o renuncia a la nacionalidad: La Convención restringe las condiciones en las que una persona puede perder su nacionalidad y prohíbe la renuncia involuntaria a la nacionalidad.
- Prevención de la apatridia por privación de la nacionalidad: La Convención establece salvaguardias para garantizar que la privación de la nacionalidad no resulte en apatridia.
- Prevención de la apatridia en caso de sucesión de Estados: La Convención establece reglas para garantizar que las personas no se vuelvan apátridas como resultado de la sucesión de Estados.
Esta Convención, ratificada por 94 Estados, se complementa con otros instrumentos internacionales, como la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954, que conjuntamente establecen un marco para la protección de las personas apátridas. La Convención de 1954 afirma que deben protegerse los derechos fundamentales de los apátridas y la Convención de 1961 creó un marco para evitar futuros casos de apatridia al obligar a los Estados a erradicarla y prevenirla mediante sus leyes y prácticas.
Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961: https://www.acnur.org/sites/default/files/legacy-pdf/5b43d0e44.pdf
¿Qué es la apatridia de facto?
Debemos distinguir entre la apatridia de iure y la apatridia de facto, cuyos conceptos son excluyentes. Diferenciación entre apatridia de facto y de iure:
- Apatridia de iure: Se produce cuando una persona no es considerada nacional por ningún Estado según sus respectivas legislaciones. Esta situación está claramente definida y protegida por instrumentos jurídicos internacionales. Son los los apátridas tal como se definen en el artículo 1 (1) de la Convención de 1954.
- Apatridia de facto: Surge cuando, a pesar de figurar como nacional de un Estado según su legislación, una persona no puede disfrutar de los derechos y la protección asociados a dicha nacionalidad. En otras palabras, la persona es “nacional en el papel”, pero no en la práctica.
El término apátrida de facto no está conceptualizado en ningún instrumento jurídico internacional y aparece formalmente por primera vez en la Resolución I del Acta Final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Supresión o la Reducción de la Apatridia en lo Porvenir (1961).
No fue hasta 2010 cuando el ACNUR convocó una reunión de expertos para intentar consensuar una definición de apátrida de facto (reunión de Expertos organizada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, Prato, Italia, 27-28 Mayo 2010).
La apatridia de hecho o apatridia de facto es un concepto jurídico que se refiere a la situación en la que una persona carece de la protección y los derechos que conlleva la nacionalidad, aunque no sea técnicamente apátrida. En otras palabras, la apatridia de facto se refiere a una situación en la que una persona es efectivamente apátrida, aunque no lo sea según la ley. Estas personas carecen de la protección de un Estado, a pesar de que oficialmente podrían tener una nacionalidad.
Una persona puede tener una nacionalidad en teoría, pero en la práctica, no disfruta de los derechos y protecciones que se derivan de ella. Esto puede ocurrir por varias razones, como la falta de documentos de identidad, la negación de la nacionalidad por parte del Estado o la imposibilidad de ejercer los derechos políticos y civiles asociados con la nacionalidad.
Es importante destacar que la apatridia de facto es un problema grave que puede tener consecuencias serias para la persona afectada, como la falta de acceso a la educación, la atención médica, el empleo y la justicia. Además, puede hacer que la persona sea más vulnerable a la explotación y la violencia.
En cuanto a la responsabilidad internacional, los Estados tienen la obligación de proteger los derechos humanos de todas las personas que se encuentran en su territorio, independientemente de su nacionalidad. Los apátridas de facto, al no estar incluidos en la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas (1954), no cuentan con un régimen convencional especial de protección y sólo están cubiertos por el derecho internacional de los derechos humanos.
¿Por qué es tan importante la nacionalidad?
Las consecuencias para las personas que carecen de nacionalidad son de un gran alcance y afectan a sus derechos como seres humanos. Esto sucede así porque la nacionalidad está configurada como un prerrequisito para poder acceder a ciertos derechos básicos de la persona.
Pese a que ya la Declaración Universal de Derechos Humanos afirmaba que “toda persona tiene derecho a una nacionalidad”, y que “a nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad”, son millones las personas abocadas a una situación de apatridia por carecer de la misma.
La nacionalidad es el derecho humano fundamental que establece el vínculo jurídico esencial entre el individuo y el Estado. La nacionalidad constituye un elemento fundamental para la seguridad del individuo, ya que jurídicamente le otorga el derecho a disfrutar de la protección del Estado y le aporta un fundamento legal para el ejercicio de diversos derechos civiles y políticos conforme a las normas establecidas.
Además también se utiliza como base de pertenencia a un grupo y permite identificarse con el mismo.
La nacionalidad como vínculo legal tiene efectos tanto en el Derecho interno como en el Derecho internacional, confiriendo derechos y señalando obligaciones.
Por todo ello se considera que el derecho a la nacionalidad es un derecho humano básico, y así aparece en muchos de los principales instrumentos de derecho internacional como la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 (Pacto de San José), o la Convención de los Derechos del Niño de 1989.
No debemos confundir la nacionalidad con la ciudadanía, ya que esta última solo comprende a una parte de los nacionales. La ciudadanía es un concepto más restringido, un atributo de la nacionalidad, que requiere de la satisfacción de las condiciones fijadas por las leyes de un Estado para que la persona pueda obtenerla y ejercerla. Tampoco con el concepto de residencia, que está relacionado con la autorización para poder permanecer de forma legal en el territorio de un país.
¿Cuáles son las consecuencias de estar en situación de apatridia?
El hecho de no poder acceder a una nacionalidad impacta de manera muy importante en la vida de las personas. Por ejemplo, las personas apátridas suelen ser negadas los siguientes derechos fundamentales:
- Acceso a la identidad y documentos: No pueden obtener documentos de identidad y de viaje, lo que les impide viajar y tener una identidad legal reconocida.
- Acceso a la educación: No tienen derecho a la educación elemental ni a la educación no elemental, lo que limita sus oportunidades educativas.
- Acceso a la salud: No pueden acceder a servicios de salud, lo que afecta gravemente su bienestar físico y mental.
- Acceso al empleo: No tienen derecho al empleo remunerado ni a trabajar por cuenta propia, lo que les impide desarrollar su potencial laboral.
- Acceso a la vivienda: No tienen derecho a la vivienda, lo que les dificulta encontrar un lugar seguro para vivir.
- Acceso a la justicia: No pueden acceder a los tribunales y a la justicia, lo que les impide defender sus derechos legítimos.
- Acceso a la protección social: No tienen derecho a los seguros sociales y a la asistencia pública, lo que les priva de protección social básica.
- Acceso a la propiedad: No pueden adquirir bienes muebles e inmuebles, lo que les limita sus oportunidades de propiedad.
- Acceso a la libertad de circulación: No tienen derecho a la libertad de circulación, lo que les impide moverse libremente dentro o fuera del país.
- Acceso a la protección contra la expulsión: No tienen un régimen especial de expulsión que los proteja de ser devueltos a un lugar donde podrían enfrentar persecución o violaciones de derechos humanos.
Estos derechos fundamentales son esenciales para la vida cotidiana y el desarrollo personal de las personas, y su negación puede tener consecuencias graves y duraderas. Imaginemos una persona que no puede circular libremente, ni casarse, ni acceder a un empleo legal, etc. la apatridia es una cadena infinita de obstáculos para las personas que la sufren.
¿Quiénes son los apátridas?
Hay apátridas por todo el mundo y sus causas son muy variadas. Durante muchos años, ACNUR ha estimado que el número de personas apátridas en el mundo es “al menos 10 millones”. En su último Informe Tendencias Globales publicado en junio de 2024, ACNUR estima que hay al menos 4,5 millones de personas en el mundo que son apátridas. Sin embargo, se desconoce el número exacto, ya que menos de la mitad de todos los países del mundo presentan datos sobre la apatridia, incluidos muchos países con conocidas grandes poblaciones de apátridas. Además, algunos países sólo comunican estadísticas de parte de la población apátrida conocida en el país. Por tanto, es seguro que la verdadera población mundial de apátridas sea considerablemente mayor que la declarada.
Otra dificultad adicional a la hora de contabilizar los casos está en poder estimar aquellas personas que se encuentran en lo que se ha dado en llamar apatridia de hecho o apatridia de facto.
Todo ello provoca que las cifras disten de ser pacíficas. Así por ejemplo, el Institute on Statelessness and Inclusion (ISI) discrepa de esa cifra y la eleva notablemente, estimando que el número total de personas que viven sin nacionalidad en el mundo es de al menos 15 millones (informe The World’s Stateless 2020).
Hay que destacar que más de un tercio de las personas apátridas en el mundo son niños, y el estigma de la apatridia podría perseguirlos durante el resto de sus vidas si no encuentran salida a la situación. Es por ello que uno de los grandes objetivos de las diferentes iniciativas es conseguir que ningún niño nazca apátrida, intentando que no se perpetúe una situación que podría heredarse.
Otro aspecto importante es que más del 75% de las poblaciones apátridas conocidas del mundo pertenecen a grupos minoritarios. Esto añade un factor de riesgo para esas minorías frente a la discriminación, el acoso y la persecución.
Aproximadamente un tercio de la población mundial de apátridas también son desplazados. Los mayores desplazados apátridas son los refugiados rohingya en países vecinos de Myanmar, sobre todo en Bangladesh (971.900). Otros 155.500 apátridas apátridas son desplazados internos en Myanmar. La mayores poblaciones de apátridas no desplazados se en Costa de Marfil (931.000) y Tailandia (586.500).
Género y apatridia.
La apatridia afecta de manera diferente a mujeres y hombres debido a las desigualdades de género y a las leyes discriminatorias. La combinación de barreras legales, culturales y sociales hace que las mujeres y niñas tengan un riesgo más alto de quedar apátridas. Esta situación perpetúa la desigualdad de género y puede limitar el acceso de las mujeres a servicios básicos y derechos fundamentales, como la educación, el empleo y la asistencia sanitaria.
Existen determinadas circunstancias que afectan más, o incluso únicamente, a mujeres. Como hemos visto, por ejemplo en muchos países las mujeres no pueden transmitir su nacionalidad a sus hijos en igualdad de condiciones que los hombres, lo que aumenta el riesgo de apatridia para los niños. A modo de ejemplo, tal como nos señala ACNUR en su “Nota de Antecedentes sobre Igualdad de Género, Leyes sobre Nacionalidad y Apatridia 2024“, varios países no permiten a las madres conferir su nacionalidad a sus hijos en las mismas condiciones que los hombres. Otros países limitan la posibilidad de que las madres adoptivas de conferir su nacionalidad en pie de igualdad con los padres adoptivos. Pese a los avances en esta materia, algunos países que han reformado sus leyes para garantizar la igualdad de derechos en materia de transmisión de la nacionalidad por parte de madres y padres no lo han hecho con efecto retroactivo, de modo que los niños nacidos nacidos antes de la fecha de la reforma no puedan adquirir la nacionalidad de sus madres en las mismas condiciones que de sus padres.
Es importante señalar que algunos Estados efectivamente sí otorgan la igualdad a hombres y mujeres en lo que respecta a la nacionalidad de los hijos e hijas, pero siguen discriminando por cuestión de género porque no otorgan esa igualdad en lo que respecta a la adquisición, el cambio o la conservación de la nacionalidad al cambiar de estado civil. Las leyes de nacionalidad pueden discriminar directa o indirectamente a las mujeres y exponerlas más que a los hombres al riesgo de ser apátridas. En esta línea, la apatridia puede surgir, por ejemplo, por la incapacidad de una mujer de conseguir la nacionalidad, por la pérdida de la nacionalidad al contraer matrimonio con un extranjero, por el cambio de nacionalidad de un cónyuge durante el matrimonio, o por la pérdida de nacionalidad por prácticas discriminatorias.
Nos recuerda ACNUR que la discriminación de género presente en las leyes de nacionalidad pueden reproducir apatridia a cuando las niñas y niños no pueden adquirir la nacionalidad de sus padres. Para entenderlo mejor, digamos que esto puede suceder en casos comos los siguientes:
i) cuando el padre es apátrida;
ii) cuando las leyes del país del padre no permiten transmitir la nacionalidad en determinadas
circunstancias, como cuando la niña o niño nace en el extranjero;
iii) cuando el padre es desconocido o no está casado con la madre en el momento del nacimiento;
iv) cuando el padre no ha podido cumplir con los trámites administrativos para transmitir su nacionalidad o adquirir la prueba de su nacionalidad para sus hijas e hijos porque, por ejemplo, ha fallecido, ha sido forzosamente separado de su familia o no puede cumplir con la documentación onerosa u otros requisitos; o
v) cuando un padre no ha estado dispuesto a cumplir con los trámites administrativos para transmitir su nacionalidad o adquirir la prueba de su nacionalidad para sus hijas e hijos, por ejemplo si ha abandonado a la familia.
Tal como nos recuerda el Instituto Europeo de la Igualdad de Género (European Institute for Gender Equality), los registros de nacimiento también están vinculados estrechamente al disfrute de la mujer y sus hijos al derecho de la nacionalidad. En la práctica, la discriminación indirecta, las prácticas culturales y la pobreza, a veces, imposibilitan a las madres, especialmente a las que no están casadas, registrar a sus hijos en igualdad de condiciones que los padres. La imposibilidad de registrar el nacimiento de un niño supone la anulación del reconocimiento efectivo de una serie de derechos del niño, incluidos el derecho a la nacionalidad, a un nombre y a la identidad, a la igualdad ante la ley y al reconocimiento de personalidad jurídica, etc.
También es un caso muy particular el de las mujeres que han sido objeto de trata de personas cuyos documentos han sido confiscados o robados.
Las mujeres apátridas a menudo enfrentan mayores barreras para obtener documentación legal, lo que las deja más vulnerables a la explotación y al abuso, incluyendo el matrimonio forzado y la trata de personas. La falta de documentos también puede dificultar su acceso a la justicia y a los servicios de protección social.
Las niñas apátridas están en una situación particularmente precaria, ya que enfrentan un doble estigma por ser apátridas y por ser niñas. Esto puede limitar sus oportunidades educativas y aumentar su vulnerabilidad a la violencia de género.
Existe amplio consenso en indicar que en general la apatridia afecta más a mujeres que a hombres, aceptando significativas variaciones dependiendo del contexto (según la región y la situación específica). Determinar los porcentajes exactos de apátridas en el mundo que son mujeres puede ser complicado debido a la falta de datos desagregados por género en muchos países, pero sí existen informes sobre contextos específicos que ayudan a entender y dar soporte a esta afirmación.
La apatridia a lo largo del tiempo. Hitos.
Año | Evento |
---|---|
1800s | Los juristas identifican la apatridia como ‘inhumana’. |
1921 | La Liga de las Naciones alienta a los Estados Miembros a emitir identificaciones para 800,000 personas privadas de la nacionalidad rusa. |
1933 | Una enmienda a la Ley de Ciudadanía alemana privó de la nacionalidad alemana a los judíos en el exilio. |
1948 | Declaración Universal de Derechos Humanos: La nacionalidad es reconocida como un derecho humano. |
1950 | Se creó el ACNUR. |
1954 | Se adoptó la Convención de la ONU sobre el Estatuto de los Apátridas. |
1958 | El juez Warren de la Corte Suprema de Justicia de los EE. UU. denuncia la apatridia como una “forma de castigo más primitiva que la tortura”. |
1961 | Adopción de la Convención de la ONU para Reducir los Casos de Apatridia. |
1962 | El fallo histórico de la Corte Internacional de Justicia confirma que la ley de nacionalidad de cada país debe respetar el derecho internacional. |
1974 | La Asamblea General le otorga al ACNUR el mandato de asistir a las personas apátridas en virtud de la Convención de 1961. |
1995 | El mandato del ACNUR se amplió a nivel mundial para prevenir y reducir la apatridia y para proteger a las personas apátridas. |
2005 | Una sentencia histórica de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la apatridia y el derecho a una nacionalidad. |
2011 | Se dio un ‘salto cualitativo’ en la Reunión Ministerial celebrada en Ginebra: más de 60 Estados adquirieron compromisos en materia de apatridia. |
2014 | El ACNUR realiza el lanzamiento de la Campaña para acabar con la apatridia en 10 años. |
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